Insolvencia de empresas y autónomos en Fuenlabrada y Madrid Sur
Cuando una empresa deja de poder pagar, la primera decisión no es a quién pagar antes. Es qué procedimiento le corresponde, porque de eso dependen los plazos que empiezan a correr, quién decide sobre la actividad y, sobre todo, hasta dónde llega la responsabilidad personal de quien administra.
Desde la reforma de la Ley 16/2022 no hay un único cauce. Hay tres, y no se eligen: los fija la ley según el tamaño de la empresa y el grado de insolvencia. Esta página sirve para situarse.
¿Qué procedimiento le corresponde?
Para la mayoría de las empresas de Fuenlabrada, Getafe, Humanes, Móstoles o Leganés la respuesta está en la segunda pregunta: el umbral de microempresa —menos de diez trabajadores y, además, menos de 700.000 € de facturación o menos de 350.000 € de pasivo— describe a casi todo el tejido empresarial de la zona.
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Las dos advertencias que no dependen de la rama
- El plazo de dos meses. El deber de solicitar el concurso vence a los dos meses desde que se conoce la situación de insolvencia actual. Incumplirlo es una de las vías habituales hacia la calificación culpable, y es el error más fácil de evitar de todos.
- Los dos años anteriores. Los actos perjudiciales realizados en los dos años previos a la solicitud pueden rescindirse aunque no haya fraude. Pagar antes al proveedor de confianza o al familiar que prestó dinero entra de lleno en ese supuesto.
Por dónde empezar
Antes de tomar cualquier decisión sobre la empresa conviene determinar tres cosas, en este orden:
- En qué fecha se produjo la insolvencia actual, porque de ahí arranca el plazo.
- Si la contabilidad soporta lo que va a declararse en el procedimiento.
- Qué operaciones de los dos últimos años pueden ser rescindibles.
Ninguna de las tres admite respuesta genérica: dependen de los libros y de las fechas concretas. En CesaTuDeuda —Artesanos del Litigio S.L.P.— trabajamos insolvencia de empresas y autónomos en Fuenlabrada y Madrid Sur. Puede exponernos su caso en el 911 54 74 54 o desde la página de contacto.
Esta página tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.