Abogados de Ley de Segunda Oportunidad en Madrid Sur

Somos un despacho de abogados con sede en Fuenlabrada especializado en cancelación de deudas y Ley de Segunda Oportunidad. Trabajamos en todo el sur de la Comunidad de Madrid y en el norte de la provincia de Toledo. Esta página explica qué municipios cubrimos y, sobre todo, dónde se tramita realmente tu procedimiento, que es la primera duda que nos plantea casi todo el mundo y sobre la que circula mucha información desactualizada.

Dónde se tramita tu caso según dónde vivas

Conviene separar dos cosas que la gente suele confundir, porque no ocurren en el mismo juzgado.

Primero, la reclamación de la deuda. El procedimiento monitorio, el juicio ordinario y la posterior ejecución con embargo de nómina o de cuenta los ve el juzgado de tu partido judicial. Si vives en Móstoles, en Móstoles. Si vives en Pinto, en Parla, porque Pinto no tiene juzgado propio.

Segundo, la cancelación de la deuda. El concurso de acreedores y la exoneración del pasivo insatisfecho (lo que todo el mundo conoce como Ley de Segunda Oportunidad) es competencia de los juzgados de lo mercantil. Así lo establece el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley Concursal desde la reforma operada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, que suprimió la regla anterior según la cual el concurso del particular no empresario correspondía a los juzgados de primera instancia. Desde el 26 de septiembre de 2022 también el concurso del consumidor va al mercantil.

Y una actualización orgánica que casi nadie ha recogido todavía. La competencia sigue siendo del juez de lo mercantil, porque el artículo 44 del TRLC no ha cambiado: «son competentes para declarar y tramitar el concurso de acreedores los jueces de lo mercantil». Lo que ha cambiado es el órgano que los alberga. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, sustituyó los juzgados unipersonales por tribunales de instancia, de modo que los antiguos juzgados de lo mercantil son hoy la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia. En el partido judicial de Madrid la implantación se produjo el 31 de diciembre de 2025. El ámbito provincial y la sede en la capital se mantienen.

Y como el órgano mercantil mantiene jurisdicción provincial con sede en la capital, la consecuencia práctica es esta:

  • Si vives en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid, tu concurso se tramita en la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, con independencia de que tu demanda de deuda se esté viendo en Getafe, en Parla o en Alcorcón.
  • Si vives en Illescas, Seseña, Yuncos o cualquier municipio de La Sagra toledana, tu concurso va al órgano mercantil de Toledo —Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia, según el calendario de implantación de la Ley Orgánica 1/2025—, aunque trabajes en Madrid y estés a treinta kilómetros de la capital.

La competencia territorial la fija el artículo 45 del mismo texto legal, que atiende al lugar donde el deudor tiene el centro de sus intereses principales.

Esto no debe preocuparte: no tienes que desplazarte tú. La comparecencia la asumimos nosotros y la mayor parte del procedimiento es escrita y telemática. Pero sí conviene que sepas dónde está tu expediente y por qué.

Municipios del sur de Madrid donde trabajamos

Atendemos igualmente a vecinos de Ciempozuelos, San Martín de la Vega, Navalcarnero, Griñón, Cubas de la Sagra, Casarrubuelos, Moraleja de Enmedio y Serranillos del Valle.

Tenemos página propia, con el detalle de dónde se tramita cada caso y qué documentación hace falta, para Fuenlabrada —donde está el despacho—, Getafe y Humanes de Madrid. Si la deuda procede de una sociedad o de una actividad por cuenta propia, el punto de partida es la página de insolvencia de empresas y autónomos.

Norte de Toledo y comarca de La Sagra

Illescas, Seseña, Yuncos, Ugena, Numancia de la Sagra, Esquivias, Borox y Villaluenga de la Sagra pertenecen al partido judicial de Illescas, y su concurso se tramita ante el órgano mercantil de Toledo. Es una zona con un perfil de endeudamiento muy marcado por la compra de vivienda de los últimos veinte años y por el desplazamiento diario a Madrid, y con muy poca oferta de asesoramiento concursal especializado.

Qué hacemos

Analizamos si concurren los requisitos de la exoneración del pasivo insatisfecho, preparamos la solicitud y dirigimos el procedimiento completo. El Texto Refundido de la Ley Concursal contempla dos modalidades: la exoneración con plan de pagos, sin liquidación previa del patrimonio, y la exoneración con liquidación de la masa activa. La elección entre una y otra no es indiferente y depende, sobre todo, de si tienes vivienda que quieras conservar y de la composición de tu pasivo.

Cuando el deudor carece de bienes con los que atender los gastos del procedimiento, la ley prevé además la figura del concurso sin masa, introducida por la reforma de 2022 en el artículo 37 bis.

Conviene saber que el acuerdo extrajudicial de pagos desapareció con la Ley 16/2022. Si has leído que hay que acudir antes a un notario o a un registrador para nombrar un mediador concursal, esa información está desactualizada.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que ir a Madrid capital si vivo en Móstoles o en Leganés?

No. La competencia es de los mercantiles de Madrid, pero la dirección técnica y la representación las asumimos nosotros. En la práctica, la mayoría de nuestros clientes no pisa el juzgado.

Vivo en Seseña y trabajo en Madrid. ¿Dónde va mi caso?

Al juzgado de lo mercantil de Toledo, porque la competencia mercantil es provincial y Seseña pertenece a la provincia de Toledo. Es una de las confusiones más habituales de toda la comarca.

Me han demandado ya. ¿Llego tarde?

No necesariamente. Una demanda o una ejecución en curso no impide solicitar el concurso, aunque sí condiciona los tiempos y la estrategia. Cuanto antes se analice, más margen hay.

¿Se cancelan todas las deudas?

No. La ley excluye determinados créditos y limita la exoneración del crédito público. En la primera consulta revisamos tu pasivo concreto y te decimos qué es exonerable y qué no.

Dudas que se repiten, vivas donde vivas

Hay preguntas que nos llegan de toda la comarca, sin importar el municipio:

Dónde estamos

Nuestro despacho está en la Avda. Francisco Javier Sauquillo, 33, 28944 Fuenlabrada (Madrid). Atendemos con cita previa de lunes a jueves de 9:30 a 14:00 y de 16:00 a 19:00, y los viernes de 9:30 a 14:00.

Teléfono: 911 54 74 54 · Correo: info@cesatudeuda.com


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